La desaparición forzada de personas es una grave violación a los derechos humanos. Su práctica generalizada o sistemática constituye un crimen de contra humanidad de carácter imprescriptible, frente al cual los Estados deben garantizar políticas de memoria, verdad, justicia y reparación para las víctimas, sus familiares y la sociedad en su conjunto, así como medidas de no repetición.
Según la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, se entenderá por desaparición forzada el “arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”.
Mucho más que una violación de los Derechos Humanos
La desaparición forzada se usa a menudo como estrategia para infundir el terror en los ciudadanos. La sensación de inseguridad que esa práctica genera no se limita a los parientes próximos del desaparecido, sino que afecta a su comunidad y al conjunto de la sociedad.
La desaparición forzada se ha convertido en un problema mundial que no afecta únicamente a una región concreta del mundo. Las desapariciones forzadas, que en su día fueron principalmente el producto de las dictaduras militares, pueden perpetrarse hoy día en situaciones complejas de conflicto interno, especialmente como método de represión política de los oponentes. Es motivo de especial preocupación:
- el acoso de los defensores de los derechos humanos, los parientes de las víctimas, los testigos y los abogados que se ocupan de los casos de desaparición forzada;
- el uso por los Estados de la lucha contra el terrorismo como excusa para el incumplimiento de sus obligaciones;
- y la todavía generalizada impunidad por la práctica de la desaparición forzada.
Debe prestarse también especial atención a los grupos de personas especialmente vulnerables, como los niños y las personas con discapacidad.
Cientos de miles de personas han desaparecido durante conflictos o períodos de represión en al menos 85 países de todo el mundo.
El origen del Día Internacional
El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General, en virtud de la resolución A/RES/65/209, expresó su preocupación, en particular, por el aumento de las desapariciones forzadas o involuntarias en diversas regiones del mundo, como los arrestos, las detenciones y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación padecidos por testigos de desapariciones o familiares de personas que han desaparecido.
Asimismo, la resolución acoge con beneplácito la aprobación de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas y decide declarar el 30 de agosto Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, que comenzó a observarse en 2011.
Referencias Bibliográficas:
IPPDH (29 de agosto del 2023) MERCOSUR. 30 de agosto: Día Internacional de las Victimas de Desapariciones Forzadas – memoria, verdad, justicia y reparación para las victimas de desapariciones forzadas. https://www.ippdh.mercosur.int/30-de-agosto-dia-internacional-de-las-victimas-de-desapariciones-forzadas-memoria-verdad-justicia-y-reparacion-para-las-victimas-de-desapariciones-forzadas/
Naciones Unidas (2022) Día Internacional de las Victimas de Desapariciones Forzadas, 30 de Agosto. https://www.un.org/es/observances/victims-enforced-disappearance
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